Los que suscriben, declaran conocer los Estatutos y Reglamentos de ACAM, de la cual es asociado, hemos convenido en el presente convenio, en lo sucesivo el REPRESENTANTE convienen el presente convenio, que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El presente convenio se refiere a todas las obras musicales y/o a sus textos, que EL AUTOR haya creado individualmente o en colaboración, durante su vigencia, siempre y cuando no haya cedido a un tercero los derechos aquí mencionados. Respecto a la inclusión de las obras, la obligación se entenderá cumplida por el simple registro de ellas en ACAM, ya sea practicado a instancia del AUTOR o de cualquier persona facultada al efecto. Cuando en este convenio se utiliza la expresión “autor”, se refiere tanto al autor de la letra como al compositor de la música, de una obra musical; “obra musical” comprende todas las obras musicales, no teatrales, con sus textos.
SEGUNDA: EL AUTOR, le otorga a ACAM por la duración del presente convenio, la autorización suficiente para la protección y representación de sus Derechos Patrimoniales de las obras musicales de las cuales declara solemnemente ser su creador. En cuanto a los Derechos Patrimoniales, ACAM realizará las gestiones de recaudación, administración y distribución de éstos. Los derechos que ACAM ejercerá a nombre del autor son los siguientes: a) Ejecución Pública, en cualquier modo o forma o manera que sea; b) La representación pública por medio de obras audiovisuales, videocasete o en cualquier otro soporte de sonidos o imágenes; c) La radiodifusión y la distribución en sistemas de cable; d) La transmisión de obras difundidas o distribuidas con ayuda de altoparlantes o de cualquier otro aparato sonoro o audiovisual instalados en lugares públicos; e) La grabación sobre soportes sonoros o de sonidos y de imágenes de todo tipo de géneros (discos, videodiscos, bandas magnéticas, columnas sonoras, musicasetes, cilindros, etcétera), así como la puesta en circulación de esos soportes de sonido o de sonido-imágenes. f) La introducción en todo tipo de publicaciones, así como en bancos de datos, sistemas de documentación o en memorias del mismo género accesible al público. g) Cualquier otra forma de utilización, proceso o sistema conocido o por conocerse.
TERCERA: No obstante lo anterior, ACAM no podrá dar autorización para la utilización de cualquiera de las obras que estén bajo su cuidado, sin la previa consulta al autor o al editor y haber obtenido su consentimiento expreso y por escrito, en los siguientes casos: a) Para la representación escénica de las obras dramático-musicales, coreográficas, pantomímicas y teatrales en general. b) La adaptación de la obra a otras obras, siempre y cuando ésta no haya sido creada en vista de tal adaptación; c) La utilización de la obra con fines publicitarios.
EL AUTOR, a fin de no interferir con la gestión aquí encomendada, no podrá conceder individualmente, la autorización que aquí se señala sin la intervención de ACAM.
CUARTA: En virtud de este convenio, ACAM queda facultada para proteger y administrar a nombre del autor, en forma exclusiva y plena, todos los derechos mencionados en las cláusulas primera y segunda, de conformidad con las disposiciones de sus Estatutos y Reglamentos. En caso de que ACAM modifique las condiciones de este convenio por vía de la reforma de sus Estatutos o Reglamentos, serán comunicadas al AUTOR y si éste no las objetare en el plazo de treinta días naturales, se entenderán aceptadas. En consecuencia y sin perjuicio de lo indicado en la cláusula segunda, el presente convenio faculta a ACAM para conceder licencias no exclusivas de utilización de las obras del AUTOR, recaudar, percibir y cobrar los derechos correspondientes a las utilizaciones de las obras y ejercer las acciones judiciales y extrajudiciales, las que podrá transigir y desistir.
QUINTA: Sin perjuicio del derecho de información que, en su caso, pueda corresponder al AUTOR por su condición de asociado de ACAM, aquél podrá solicitar y obtener una copia de la memoria anual y de las tarifas generales de la Asociación, así como de cualquiera otra documentación pertinente. ACAM remitirá al AUTOR un ejemplar de cualquier modificación de los Estatutos, así como de las de sus Reglamentos. Asimismo, y a solicitud del AUTOR, ACAM pondrá a disposición de éste o de la persona autorizada por él, para su examen y comprobación en el domicilio social, los antecedentes documentales que hayan servido de base al reparto de derechos en el que aquél tenga interés, así como los justificantes de la recaudación, cuando ésta haya sido objeto de una licencia de utilización individualizada.
La solicitud a que se refiere el párrafo anterior deberá hacerse por escrito, expresando en ella los puntos que se desean comprobar y dentro de los noventa días naturales siguientes a la fecha en que se haya puesto el cobro de la factura cuya comprobación solicite EL AUTOR.
Todo pago de derecho al autor, deberá acompañarse de una liquidación en la que sucintamente se le dará cuenta del origen de tales derechos y de las detracciones efectuadas en concepto de descuentos de recaudación y de administración, impuestos, fondo social y de cultura, etc.
SEXTA: EL AUTOR queda obligado y comprometido, en cuanto le sean imputables de acuerdo con su título adquisitivo y grupo (s) profesional (es) a que pertenezca a:
A) Registrar las obras en ACAM, utilizando para ello el modelo de declaración que le facilitará ésta última. Por lo que se refiere a las obras futuras y a las aún no publicadas, dicho registro deberá efectuarlo inmediatamente después de ser puestas en explotación, y en todo caso antes de que se lleve a efecto una utilización secundaria de aquellas mediante su reproducción, distribución o comunicación pública. B) Notificar por escrito a ACAM la celebración de los contratos con terceras personas referentes a las obras, con mención de fecha y lugar de otorgamiento, nombre y domicilio de las partes, obras que comprenden, calidad de participación, duración del contrato, anticipos, porcentajes pactados y derechos convenidos. C) Facilitar a ACAM cualquier información que ésta le solicite en relación con las obras (repertorios de presentaciones en vivo) y con los contratos relativos a ellas, todo ello, por el bien de la gestión de sus derechos. A requerimiento expreso de ACAM deberá facilitar una copia de los contratos, traducida al castellano, en su caso y un ejemplar de la edición gráfica de las obras, siéndole devuelta una y otro, tan pronto se cumpla con la finalidad de petición o se lleven a efecto las medidas necesarias para dejar constancia de los particulares del ejemplar interesado. D) No interferir en la gestión de ACAM, por sí o por terceros, otorgando licencias o mandatos de representación para el ejercicio de los derechos objeto del presente convenio. El AUTOR no podrá realizar gestiones individuales en cuanto a los derechos conferidos a ACAM para su ejercicio. E) No participar, directa ni indirectamente, en operaciones de acaparamiento y falsificación de declaraciones o tomas de datos relativos a la utilización de obras del repertorio de ACAM. F) No conceder, directa ni indirectamente, ninguna participación de los derechos derivados de la gestión encomendada a ACAM, a empresas usuarias del repertorio de la misma en modalidades de utilización contempladas en sus tarifas generales, por virtud de cuya concesión, se pudiera provocar una injustificada utilización preferencial de las obras del AUTOR. G) Que todas las licencias de utilización de obras de su repertorio se gestionarán a través de ACAM. A no realizar gestiones individuales, así como tampoco podrá pertenecer a una Entidad de Gestión Colectiva de la misma actividad a nivel nacional. Asimismo, El AUTOR deberá comunicar a ACAM todas las cesiones de edición que haga en el país y los porcentajes cedidos al editor o a otros autores. H) Y al cumplimiento de las demás obligaciones previstas en este contrato y de las que en su caso le corresponden como asociado.
SETIMA: Serán causa de resolución del presente convenio, a instancia de ACAM:
a) El simple incumplimiento por parte del AUTOR, de cualquiera de las obligaciones mencionadas en los apartados de la cláusula anterior. b) Por las causales de expulsión de asociados prescritas en el estatuto de ACAM. c) El reiterado incumplimiento por parte del AUTOR de alguna de las restantes obligaciones, no obstante haber mediado un requerimiento expreso y escrito de ACAM, exigiendo el cumplimiento y advirtiéndole de su decisión de resolver el presente convenio, en caso de quedar aquél entendido.
No obstante lo anterior, no procederá la resolución por causa de incumplimiento, sí, como consecuencia de aquélla, EL AUTOR quedara imposibilitado de hacer efectivos los derechos conferidos dentro del territorio costarricense. En este caso ACAM, sin perjuicio de su acción para exigir el cumplimiento del presente convenio, podrá reclamar al AUTOR en concepto de resarcimiento de daños y pena por incumplimiento, una cantidad equivalente al duplo de los descuentos de recaudación y administración que hubiera percibido de éste, de no mediar dicho incumplimiento.
ACAM podrá resolver parcialmente este convenio, respecto de los derechos que, atendidas las circunstancias de su contratación con los usuarios, sean susceptibles de hacerse efectivos en el citado territorio.
En todo caso de incumplimiento de este convenio por parte del AUTOR, ACAM podrá ejercer la correspondiente acción de resarcimiento. Simultáneamente a las acciones de resolución y de resarcimiento previstas en esta cláusula, en el supuesto de incumplimiento de la obligación, expresada en el apartado F de la cláusula anterior, EL AUTOR queda obligado, a manera de sanción a entregar a ACAM, con destino a su Fondo Social, una suma igual a la que corresponda a la participación que aquél hubiera cedido indebidamente, con el límite que haya percibido o deba percibir por la suya propia
OCTAVA: En caso de muerte o declaración de fallecimiento del AUTOR, la gestión de ACAM en los derechos cedidos o confiados continuará en los términos del presente convenio.
Los sucesores, coherederos y colegatarios del AUTOR en los indicados derechos, tanto a título de herencia como de legado, deberán acreditar su titularidad y la del Albacea correspondiente a ACAM, conforme a la Ley. En caso de que el AUTOR haya designado expresamente ante ACAM, a los beneficiarios directos de sus derechos de autor, se procederá conforme a ello. De igual manera, deberán acreditar su titularidad a ACAM aportando los documentos necesarios para ello. En este caso, el reparto de los derechos de autor, se hará conforme al porcentaje establecido por el AUTOR.
En los supuestos de disolución y liquidación de una persona jurídica que sea Titular de los Derechos de Autor, y en los de fusión, absorción o cesión global de su activo y pasivo, subsistirá el presente convenio con los adjudicatarios de los derechos cedidos o confiados a la gestión de ACAM, así como con la nueva entidad, con la absorbente o con el cesionario, según proceda, por todo el tiempo de su vigencia. Los adquirentes de los expresados derechos por los mencionados títulos deberán aportar la documentación correspondiente y si tales derechos hubieran quedado atribuidos ante ACAM a quien otorgarán el oportuno poder. ACAM podrá exigir que el citado poder se formalice en escritura pública.
NOVENA: Para las divergencias que se pudieran suscitar entre las partes en relación con el presente convenio, podrán ser dirimidas en primera instancia a través de la Comisión de Arbitraje, creada para el efecto, de acuerdo con el Reglamento especial vigente. En caso de que desistan de esta primera instancia, o, posterior a ésta, en caso de que el conflicto persista, ambas partes podrán acudir a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales del domicilio de ACAM.
DÉCIMA: EL AUTOR señala como domicilio, a efectos de notificaciones y requerimientos, el indicado al inicio de este documento. Si posteriormente lo cambia, se obliga a comunicarlo a ACAM por carta certificada con acuse de recibo, entendiéndose que lo conserva en el mismo lugar en tanto no lleve a efecto tal comunicación.
DÉCIMA PRIMERA: La duración de este convenio será de dos años contados a partir de hoy, salvo que se estipule lo contrario. Quedará tácitamente prorrogado por períodos iguales, salvo manifestación por escrito del AUTOR a la Junta Directiva de ACAM, presentada con una antelación mínima de tres meses a la fecha de vencimiento de este documento. No obstante lo anterior, el AUTOR, podrá renunciar parcialmente este contrato respecto de alguno o algunos de los derechos confiados a la gestión de ACAM o para determinados países, en relación con uno o varios de esos derechos. La denuncia tendrá efecto una vez realizada la liquidación del periodo en curso.
DÉCIMA SEGUNDA: Los territorios cubiertos por el presente convenio son: Costa Rica, así como, en todos los territorios extranjeros, en los cuales ACAM, haya suscrito contratos de representación reciproca con entidades similares.
DÉCIMA TERCERA: El presente convenio está regulado de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, sus reformas y reglamento, así como la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual y al Código Civil.
EL AUTOR declara que: tiene condición de directivo, empleado o partícipe o interesado, bajo cualquier forma en empresas usuarias del repertorio de ACAM, en modalidades contempladas en sus Tarifas Generales.
En caso afirmativo, indíquese el (los) nombre (s) de la (s) empresa (s) y en qué calidad se está relacionado con ella (s), EL AUTOR se obliga a tener al día esta declaración.
Autorizo a ACAM para que se deposite en la cuenta bancaria los derechos de autor que por el uso de las obras se puedan generar a mi favor.
Presenté mis datos personales los cuales han sido proporcionados al Departamento de GESTION DE AUTORES, serán utilizados y tratados por ACAM bajo la legislación vigente en materia de Protección de Datos Personales. Dicha información servirá para actualizar mis datos, así también para proporcionarme información a través de cualquier medio físico, electrónico, digital, SMS, entre otros, respecto a asuntos administrativos, sociales, propios de la gestión de ACAM. Así mismo, manifiesto mi más amplia conformidad para que mis datos personales sean usados, transmitidos y/o transferidos a las diferentes áreas de ACAM, con idénticas finalidades a las ya mencionadas.
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